Duda eterna

Irene 4 May. 2005 Leyes / impuestos

En los foros de diseño de mi país, siempre está dando vueltas la misma duda: además del monotributo, siendo profesional titulado ¿debemos pagar Ingresos Brutos?
En el sitio del Gobierno de la Ciudad se puede encontrar un documento en PDF que dice:

Texto Ordenado del Código Fiscal Año 2004 [...]
TÍTULO II IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS [...]
CAPÍTULO II DE LAS EXENCIONES [...]
Artículo 136 - Artículo 136 - Están exentos del pago de este gravamen: [...]
7. Los ingresos obtenidos por el ejercicio de profesiones liberales universitarias, no organizado en forma de empresa.

La DGI no nos nombra en su lista de exenciones, pero siendo una profesional tan liberal, me quedo con el que más me gusta ;).

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Comentarios

  1. Alex Ninn

    O sea que a mi me abrocharon!
    Cuando inicié el trámite (no en Baires), para poder hacer las facturas tenía que ir primero a pagar ingresos brutos. No quería ni quiero pagar ingresos brutos, me parece un impuesto redundante, algo que ya se paga con los impuestos municipales.
    Me parecen bien las reformas que se vienen haciendo para que los freelance podamos ingresar al sistema, pero creo que aún quedan algunas tuercas por ajustar.
    Gracias Irene por publicar esta clase de información (y de la otra también)!

  2. La Maga

    Excelente el doc encontrado!
    nunca pagué ingresos brutos, pero me quedaba la seria duda….
    Gracias!

    La Maga

  3. Oscar

    Alguien sabe cuales son los codigo de actividad para diseñadores graficos en AFIP? y para rentas de la ciudad de buenos aires?
    Es para un diseñador grafico sin titulo universitario.

    Oscar

  4. Andrea

    Yo estoy en medio de trámites, y me queda otra gran duda. Soy diseñadora, pero mi título es terciario, no universitario. Tengo que pagar o no? Me dijeron que no, pero la verdad que me queda la duda. Alguien me puede aclarar?

  5. Pablo

    Ojo, que en Capital Federal están exentas las profesiones liberales de IIBB. Pero en provincia de Bs.As. está exención no corre y se debe pagar.
    Saludos.

  6. Buenos Aires de Diseño » Blog Archive » Si sos monotributista: recategorizate hasta el viernes

    [...] Post relacionado Duda eterna: ¿Los diseñadores pagamos Ingresos Brutos? [...]

  7. paco

    ojo!
    En LA CABA no se paga ingresos brutos, pero en PROVINCIA si. Entonces, depende de donde tengas el domicilio.

    Odio estar abrochado!
    salute

  8. gabriela

    En provincia se paga ingresos brutos.
    Si sos universitario no pagás, si sos terciario se paga ingresos brutos.

    Yo creo que me anoté con el código de informática n.c.p. La actividad no está en la lista, pero era la más cercana a lo que hacía: diseño web.

    Saludos.

  9. andrea

    Buenos días, quisiera por favor me respondan las siguientes consultas relacionadas con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Pcia. de Buenos Aires:

    1- ¿Corresponde tributar el importe mínimo del impuesto cuando en un mes o bimestre no se registren ingresos?

    2- En caso de que el impuesto determinado sea menor al mínimo que establece la ley impositiva ¿qué monto se deberá ingresar?

    A la espera de sus comentarios, saludos cordiales

    Lic. Andrea Viviana Serra

  10. cristian

    Buenos días, quisiera por favor me respondan las siguientes consultas relacionadas con el Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Pcia. de Buenos Aires:

    1- ¿Corresponde tributar el importe mínimo del impuesto cuando en un mes o bimestre no se registren ingresos?

    2- En caso de que el impuesto determinado sea menor al mínimo que establece la ley impositiva ¿qué monto se deberá ingresar?

    A la espera de sus comentarios, saludos cordiales

  11. maria esther

    RESPUESTA PARA CRISTIAN: SI EN UN MES TENES INGRESOS Y EN OTRO NO SE DEBE PAGAR EL MINIMO DE ING. BRUTOS, PARA NO PAGAR EL BIMESTRE DEBE SER SIN INGRESOS
    PARA INGRESOS BRUTOS DE LA PCIA DE BUENOS AIRES SI EL CALCULO DEL IMPUESTO TE DA MENOS QUE EL MINIMO ENTONCES DEBES PAGAR EL MINIMO DE $80.00 SI ES MAYOR SE DEBE PAGAR EL MONTO QUE TE DA.
    SUERTE

  12. gabriela

    Buen día:
    YO SOY DE ROSARIO, Y UN AMIGO DE CAMPANA (BS AS) ME PLANTEA QUE SI EL EN TRES MESES NO TIENE INGRESOS DEBE PAGAR IGUALMENTE EL MINIMO. ACA EN ROSARIO EL MINIMO PARA LA CATEGORIA A ES DE $33 POR MES PERO POR LO QUE LEI EN BS ES DE $80 MENSUALES?
    LA ACTIVIDAD DE ESTE CHICO ES PRESTACION O LOCACION DE SERVICIOS.
    PASO EN LIMPIO LAS DUDAS:
    1- EL MINIMO DE LA CATEGORIA A ES $ 80 MENSUALES O BIMESTRALES?
    2- SI NO TIENE INGRESOS DESDE MARZO DEBE PAGAR IGUALMENTE?
    3- DONDE PUEDO ENCONTRAR EL CODIGO TRIBUTACIO DE LA PROV. DE BS? ESTE CASO DE CAMPANA ENTRA EN LA LEGISLACION DE BS AS O DE CAPITAL FEDERAL?
    MUCHAS GRACIAS

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