Exentos de Ingresos Brutos en CABA

Irene 30 May 2016 16 comentarios

Desde el principio de este blog nos preguntábamos si los diseñadores gráficos estamos exentos de Ingresos Brutos.

Desde este año en Ciudad de Buenos Aires, por un cambio en la legislación, lo somos de pleno derecho.

Antes había una duda por la duración de la carrera, en el caso de UBA, porque la legislación indicaba que la duración de la carrera debía ser mayor a 4 años.

Pero el cambio indica ahora que la exención incluye a aquellos «cuya carrera tenga una duración no inferior a cuatro (4) años y no se encuentre organizada en forma de empresa.»

Ante una consulta de una colega en Rentas, la respuesta fue

De acuerdo a su consulta, y conforme lo informado por el Departamento Exenciones, le comunicamos que conforme lo establece el Código Fiscal vigente, en el artículo 179 Inciso 7°, están exentos del impuesto sobre los Ingresos Brutos, Los ingresos obtenidos por el ejercicio de profesiones liberales universitarias de grado oficialmente reconocidas, cuya carrera tenga una duración no inferior a cuatro (4) años y no se encuentre organizada en forma de empresa.

A su vez, el Decreto 2033-GCABA-2003, reglamenta la norma y establece que para gozar de la exención, el título tiene que estar expedido por universidades oficialmente reconocidas, y estar inscripto en la matrícula correspondiente, en caso de ser necesario para el ejercicio profesional. Se deben reunir todos los requisitos para poder considerarse exento, siendo la exención referida de pleno derecho, es decir, sin necesidad de empadronamiento ni de inscripción en el impuesto, tal como lo establece el Artículo 179 del Código Fiscal vigente.

Conclusión: confirmado por Rentas y por un contador, si cumplís estos requisitos estás Exento de Ingresos Brutos de pleno derecho

  • trabajás como profesional en CABA
  • tenés tu domicilio en CABA
  • tenés un título universitario
  • tu carrera de grado tiene una duración de 4 años o más (en UBA el CBC se cuenta como primer año)
  • no estás organizadx en forma de empresa
  • estás matriculado (en los casos en que sea condición para la práctica profesional)

Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos

De pleno derecho implica que no tenés que hacer trámite alguno para ejercer el derecho, ni inscribirte ni presentar nada ante nadie. Pero aun asi, existe un registro y podés pedir tu inclusión on line gratuita.

  1. Para eso, necesitás primero gestionar la Clave Ciudad. Es muy fácil, la sacás en un cajero Link o Banelco (ojo que una vez que la sacaste dura solo 96 horas).
  2. Una vez tengas la clave, ingresás al sitio de Rentas para crear el usuario.
  3. Ingresás con tu usuario
  4. Entrás a Servicios
  5. Asignar Servicio
    1. Representado: vos
    2. Servicio: Registro de Profesionales Autodeclarados Exentos
    3. Representante: vos otra vez
    4. Confirmar

Terminado. A esperar la confirmación por e-mail.

Yo soy Diseñadora Gráfica egresada de la UBA y ya me enviaron la confirmación. En mi caso tardaron 18 días.

Paso a paso

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Confirmaciónok

 

 

16 comentarios

  • Walter says:

    Hola Colega, pregunta. Una vez que realizas este tramite, tenes que volver a imprimir las facturas????

    Muchas gracias!

  • Damian says:

    Buenas tardes los Institutos de enseñanzas terciarios están exentos de que se les perciba Ingresos brutos? Muchas gracias , saludos

  • leo says:

    EL TRANSPORTE ESCOLAR ESTA ALCANZADO POR INGRESOS BRUTOS DE CABA?

  • Irene says:

    Hola Walter, si no tenías en la factura e texto «Ingresos brutos exento» si.

    Damian y Leo, desconozco el régimen, Mejor es asesorarse con un contador. Saludos

  • Virginia says:

    Hola a todos, soy contadora (UBA). Les dejo mi mail para quien necesite asesoramiento: chiricovirginia@gmail.com
    Saludos!

  • Loli says:

    Gracias..!! me estaban descontando ingresos brutos del banco sin que corresponda. Voy a hacer la inscripción.

  • SANDRO LOPEZ says:

    PREGUNTA UN PROFESIONAL EXENTO DE DERECHO EN LA CIUDAD DE BUENOS AIRES QUE EMPIECE A REALIZAR SUS TAREAS PORFESIONALES EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DONDE NO LO ESTAN, IMPLICA QUE DEBO INSCRIBIRME EN EL CONVENIO MULTILATERAL O SIGO EXENTO? GRACIAS

  • Marcelo says:

    Sandro López estoy en una situación similar a la tuya, por favor comentame si pudiste aclarar la situación.
    Gracias!!: Mefano2015@gmail.com

  • Lucrecia says:

    Estoy con la misma duda que Sandro López. Sabes si estando en convenio multilateral tengo que pagar Impuestos IIBB?

  • Jesica says:

    Sandro y Marcelo.

    Si tienen ingresos por mas de una jurisdiccion, sea provincia de Bs. As. y Caba corresponde que se inscriban en convenio multilateral.

    Soy contadora, les dejo mi mail por cualquier consulta. jmgallas@jgestudio.arnetbiz.com.ar

  • Sandra Zanchez says:

    Hola: soy estudiante del ultimo año de diseño grafico (uba) y cada tanto realizo algún trabajo freelance de poca embergadura, pero quiero poder facturar si me lo piden. Vivo en la pcia de Bs. As. y si pongo ese domicilio fiscal ademas del monotributo tengo que pagar ingresos brutos,y por lo que gano es imposible. Si pongo un domicilio en Capital, tendría que ser prestado y eso tampoco me gusta porque no seria real. Quiero ponerme en blanco y no se como hacer para pagar un solo impuesto. Mi trabajo es esporádico y de poco monto. Gracias

  • Mariano says:

    Buenos días. Yo trabajo para el gobierno de la Ciudad (pero no en una actividad vinculada a mi carrera) y asimismo soy egresado de filosofía por la UBA. No me termina de quedar claro si estoy exento o no. Es decir, si es necesario que la actividad por la que facturo tiene que estar vinculada a mi carrera o no (facturo en algo tan general como «servicios»).
    Muchas gracias

  • Luciana says:

    Hola! gracias por tu aporte me sirvió mucho! quería saber si después de hacer ese trámite te diste de baja del impuesto. Gracias!

  • Macarena says:

    Hola! Soy Ing. Agrónoma (UBA), soy monotributista, con domicilio en CABA y trabajo para el Ministerio de Agroindustria. Tengo entendido que por mi carrera, y por la actividad que realizo, no es obligatorio tener matrícula, por lo menos en CABA. Me inscribí al padrón de autodeclarados exentos, logré queda en el mismo pero a los dos meses rentas me informa que me sacan del padrón. No me queda en claro si tengo o no derecho a estar exenta de pagar IIBB, porque si bien existe el CPIA (colegio de agrónomos) la matrícula no es obligatoria. Desde rentas no logran darme una respuesta clara a mi consulta. Agradecería asesoramiento. Gracias!

  • Matias says:

    Buenos días, una consulta: una vez obtenida la exención. Se deben presentar las DDJJ de IIBB mensuales declarando los ingresos exentos o no es necesario hacer las presentaciones?

  • Martinelli says:

    Soy .egre,dada de Bellas Artes y doy clases de pintura y escultura en CABA, tengo que pagar Ingresos Brutos? Gracias