Monotributo 2017

Irene 17 Mar 2017 8 comentarios

Los valores y rangos cambiaron desde el 1° de Enero de 2017.
Comparto con ustedes una planilla (que pueden descargarse o crearse una copia) donde ingresando lo facturado 2016/2017 pueden ver en qué categoría están, cuánto deben pagar y si deben presentar declaración jurada o están obligados a adherirse a la factura electrónica.
Solo deben editar los campos verdes.
Para el cálculo se necesita el último año, por eso para la recategorización de Mayo, deben ingresar desde Mayo 2016.
Para cargar 2016, deben ir a la segunda pestaña.

8 comentarios

  • Pablo says:

    Muchas gracias, muy útil!

  • Gez says:

    Muchas gracias por la actualización!
    No es que el cálculo sea muy difícil de hacer, pero la forma en que organizaste la planillita es súper piola y muy cómoda. Hace un par de años que vengo usando la versión anterior.

  • Gez says:

    Hola!
    Puede ser que esté mal el valor de la categoría E en la planilla o cambió?

  • Gez says:

    Ah, no. Ya encontré el problema.
    La tablita de categorías sigue empezando por la B, pero ahora se reincorporó la A, y el valor que corresponde para la actual A es el que quedó en la B de la planilla, por lo tanto están todos los valores desfasados en una categoría.

  • Gez says:

    …y por lo que leo la última resolución de monotributo dejó sin efecto lo de las declaraciones juradas informativas cuatrimestrales para todas las categorías, servicios llega hasta la categoría H, y no hay requerimiento de tener empleados (sólo queda ese requerimiento para las categorías mayores que sólo afectan a los que comercializan bienes muebles)

  • Irene says:

    Ah, espectacular.
    ¡Gracias por tus correcciones! En breve lo corrijo.

  • marina says:

    Hola! googleando llegué a este blog.
    Tee queria preguntar a ver si me podías ayudar. estoy intentando inscribirme en el monotributo. despues de hacer click en «Empadronamiento/categorización de autónomo» me hace seleccionar de 5 tablas la actividad. pero no encuentro en ninguna de las 5 algo relacionado al diseño grafico. «otros trabajadores graficos» sería? me suena más a imprenta o algo así. vi una publicacion al respecto en esta pagina, pero del 2014. y no están ahora esas categorias. gracias! ojalá me respondas

  • Irene says:

    La del 2014 era M – SERVICIOS PROFESIONALES, CIENTÍFICOS Y TÉCNICOS
    https://badd.com.ar/clasificacion-afip-2014/
    Tendría que ver las opciones, pero por las dudas preguntales a los chicos de udgba.com.ar
    saludos!